Sustracción de menores

Mi pareja se ha llevado a mi hijo

La guarda y custodia de los hijos es un tema muy importante. Si tras una separación o divorcio se establece un determinado régimen de custodia y un progenitor lo incumple deliberadamente, estaríamos ante una conducta que supone delito en nuestra legislación.
El Código Penal, en su artículo 225 bis, indica que el progenitor que sin causa justificada para ello sustrajere a su hijo menor será castigado con la pena de prisión de dos a cuatro años e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de patria potestad por tiempo de cuatro a diez años.
Pero ¿qué se considera exactamente como sustracción? El propio Código nos da la respuesta: se considera sustracción:

  • El traslado de un menor de su lugar de residencia sin consentimiento del progenitor con quien conviva habitualmente o de las personas o instituciones a las cuales estuviese confiada su guarda o custodia.
  • La retención de un menor incumpliendo gravemente el deber establecido por resolución judicial o administrativa.


Estos son los aspectos penales, aunque a nivel Civil también existen consecuencias. De hecho, la sustracción internacionales de menores está regulada por el Convenio de 25 de octubre de 1980 sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores, denominado Convenio de la Haya.

Si detectamos esta situación, es importante contactar cuanto antes con un abogado penalista para que tome las medidas legales pertinentes. Hay que tener en cuenta que en estos casos el tiempo es muy importante, por lo que cuanto antes se actúe, mayores probabilidades de éxito tendremos.

Abogados penalistas Bilbao

Si necesita que estudiemos su caso y quiere contactar con nosotros, lo puede hacer llamando por teléfono o dejando sus datos a través del siguiente formulario web. Su petición será atendida lo antes posible por nuestro equipo de profesionales, los cuales cuentan con mucha experiencia en el ámbito Penal.

INFORMACIÓN Y PRESUPUESTO ON-LINE