En el Derecho Penal, uno de los términos más conocidos es denuncia. Llamaremos así a las declaraciones de personas ante determinadas instancias (por ejemplo jueces o fuerzas policiales) para poner en conocimiento de las autoridades unos hechos que cree pueden ser delictivos y por tanto sujetos a penas basándose en la Ley española.
Hay que señalar que de darse por iniciado el proceso de denuncia, la persona denunciante no formará parte personalmente en el proceso.
Por supuesto, existen muchas clases de delitos que pueden ser denunciables, pero en este apartado nos ceñiremos en cómo deben realizarse las denuncias penales y en qué casos es o no obligatorio denunciar. Se procederá a dar inicio a este proceso:
Ésta última deberá darse ante el correspondiente profesional, el funcionario que se encargará de recabar los datos y redactarlos para su posterior tratamiento legal.
En este caso, la persona interesada puede acudir por sí sola o bien a través de un representante que haya asignado. Es obvio que, en cualquier procedimiento de denuncia, la figura del abogado resulta fundamental en el que caso de que el denunciado o el denunciante deseen sacar el mejor partido de caso.
En el caso de que se realice por escrito, deberá constar la firma de la persona que denuncie o por el representante asignado.
Cuando se lleva a cabo oralmente, se realizará un acta en la que habrá de constar la declaración. Deberá ser firmada por la autoridad que competa, así como por el declarante.
En otro orden de cosas, la Ley expone que existen situaciones en las cuales es obligatorio denunciar, y en otras no. Las personas obligadas a presentar una denuncia penal son todas aquellas que:
En otros casos no es obligatorio denunciar, aunque sí puede hacerse. Es el caso de:
Si tiene dudas en cuanto a si debe o no debe denunciar, contacte con abogados penalistas. Los letrados especializados en Derecho Penal le asistirán en cada una de las fases, tanto si Vd. es la parte denunciante como la denunciada.